Introducción al Manual Tributario del Influencer
El entorno empresarial colombiano se encuentra en una fase de transformación acelerada, impulsada por una digitalización ineludible y la progresiva formalización de una vibrante economía digital. En este contexto, las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES), los profesionales independientes y los emprendedores digitales enfrentan un doble desafío: por un lado, la necesidad de adoptar nuevas tecnologías para mantenerse competitivos y, por otro, la obligación de navegar un marco regulatorio y fiscal cada vez más sofisticado. La supervivencia y el crecimiento ya no dependen únicamente de la calidad del producto o servicio, sino de la agilidad para adaptarse y la capacidad para tomar decisiones informadas en un panorama complejo.
Este escenario crea una demanda crítica de contenido de alta calidad que vaya más allá de la información superficial. La audiencia empresarial colombiana no busca simples tutoriales, sino hojas de ruta estratégicas que traduzcan la complejidad en acción. Es aquí donde reside la oportunidad de establecer un liderazgo de pensamiento genuino.
Esta sección aborda los desafíos de cumplimiento más urgentes y de mayor interés para los profesionales y empresas que operan en el ecosistema digital de Colombia.
El Manual Tributario del Influencer: Guía 2025 de Deducciones, Facturación Electrónica y Cumplimiento ante la DIAN en Colombia
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha puesto un foco explícito y creciente en la fiscalización de la economía de creadores, que incluye a influencers, streamers y generadores de contenido digital. Este sector, caracterizado por un rápido crecimiento y una informalidad histórica, presenta una brecha de conocimiento masiva y una palpable ansiedad en torno a sus obligaciones fiscales. Un contenido que desmitifique, ordene y guíe de manera práctica a través de este laberinto normativo no solo responde a una necesidad urgente, sino que también posee un alto potencial para posicionar al creador del contenido como una autoridad indiscutible en la materia.
Puntos Clave a Desarrollar
Definiendo el Sujeto de Interés para la DIAN Es fundamental comenzar por aclarar que, para la autoridad tributaria, la etiqueta “influencer” es secundaria. El hecho generador de obligaciones es ser una persona natural que crea y desarrolla contenidos digitales en plataformas y, como resultado, obtiene ingresos. Esta definición abarca desde youtubers y streamers de Twitch hasta creadores en Instagram, TikTok y otras plataformas, independientemente de su número de seguidores.
Las Tres Obligaciones Fundamentales: Renta, IVA e ICA El contenido debe desglosar los tres impuestos principales que un creador de contenido debe tener en su radar:
- Impuesto sobre la Renta: Grava los ingresos obtenidos durante el año.
- Impuesto sobre las Ventas (IVA): Aplica si prestan servicios gravados en el país, como la publicidad, el patrocinio o el streaming. La tarifa general es del 19%.
- Impuesto de Industria y Comercio (ICA): Es un impuesto de carácter municipal que grava la realización de actividades comerciales, industriales o de servicios. La territorialidad es clave: el impuesto se causa en el municipio donde se presta el servicio.
Umbrales para la Declaración de Renta: La Clave está en los UVT Una de las mayores fuentes de confusión son los topes que obligan a presentar la declaración de renta. Es crucial presentar esta información de manera clara, utilizando los valores del año gravable 2024 como base para la declaración a presentar en 2025. Un creador de contenido estará obligado a declarar si cumple cualquiera de las siguientes condiciones :
- Patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2023 superior a 4.500 UVT ($190.854.000 COP).
- Ingresos brutos durante 2023 superiores a 1.400 UVT ($59.376.800 COP).
- Consumos mediante tarjeta de crédito durante 2023 superiores a 1.400 UVT ($59.376.800 COP).
- Valor total de compras y consumos durante 2023 superior a 1.400 UVT ($59.376.800 COP).
- Valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante 2023 superior a 1.400 UVT ($59.376.800 COP).
La siguiente tabla consolida esta información crítica, convirtiéndola en una herramienta de consulta rápida y de alto valor.
| Concepto | Límite en UVT (Base 2023) | Valor en COP (2023) | Obligación Generada (Declaración 2024) |
| Ingresos Brutos Anuales | 1.400 UVT | $59.376.800 | Declarar Renta |
| Patrimonio Bruto a 31-dic | 4.500 UVT | $190.854.000 | Declarar Renta |
| Consumos con Tarjeta de Crédito | 1.400 UVT | $59.376.800 | Declarar Renta |
| Consignaciones Bancarias | 1.400 UVT | $59.376.800 | Declarar Renta |
| Ingresos por Servicios Gravados | 3.500 UVT | $148.442.000 | Ser responsable de IVA |
Nota: Los valores en UVT y COP corresponden al año gravable 2023, base para la declaración de 2024. Los valores para la declaración de 2025 (base 2024) deben ser actualizados según la UVT oficial para dicho año. Los datos presentados se basan en las fuentes.
La Obligatoriedad de la Facturación Electrónica Este es un punto de inflexión para la formalización del sector. Se debe explicar que si los ingresos anuales del creador superan las 3.500 UVT, este se convierte en responsable de IVA y, por ende, está obligado a expedir factura electrónica. El proceso, aunque puede parecer intimidante, se puede desglosar en pasos manejables:
- Actualizar el RUT: Registrar la responsabilidad “52 – Facturador Electrónico”.
- Elegir un Método: Utilizar el sistema de facturación gratuita de la DIAN o contratar a un proveedor tecnológico autorizado.
- Habilitación y Pruebas: Realizar el proceso de habilitación en el portal de la DIAN, que implica generar facturas de prueba.
- Solicitar Rangos de Numeración: Obtener la resolución de numeración electrónica a través del sistema MUISCA.
- Almacenamiento: Conservar las facturas emitidas (archivos XML y PDF) por un mínimo de 5 años.
Guía Práctica de Gastos Deducibles: El Núcleo de Valor El mayor valor que puede ofrecer este contenido es una guía detallada sobre qué gastos pueden ser deducidos del impuesto de renta. La regla de oro es que el gasto debe tener una relación de causalidad, necesidad y proporcionalidad con la actividad económica generadora de renta. Los gastos deducibles más comunes para un creador de contenido incluyen:
- Equipamiento y Tecnología: Cámaras, lentes, micrófonos, drones, computadores, tabletas y teléfonos móviles. Es crucial explicar que si estos equipos tienen un uso mixto (personal y profesional), solo se puede deducir el porcentaje correspondiente al uso profesional, el cual debe ser rastreable y justificable.
- Software y Suscripciones: Licencias de software de edición de video (Adobe Premiere, Final Cut), diseño gráfico (Canva Pro, Adobe Creative Cloud), bancos de música e imágenes, y otras herramientas de gestión de redes sociales.
- Viajes y Movilidad: Billetes de avión, tren, alojamiento y dietas son deducibles siempre que el viaje esté directamente relacionado con la creación de contenido, la asistencia a un evento del sector o una colaboración documentada.
- Espacios y Servicios: El alquiler de coworkings, estudios de grabación o sets es deducible. Para quienes trabajan desde casa, es posible deducir la parte proporcional de los servicios públicos (internet, electricidad, agua) y del seguro del hogar que corresponda al área exclusiva de trabajo.
- Servicios Profesionales Externos: Los honorarios pagados a fotógrafos, editores de video, community managers, asistentes virtuales, abogados y contadores son gastos deducibles.
- Formación: Cursos y capacitaciones relacionadas con la mejora de habilidades profesionales (edición, marketing digital, marca personal) también son deducibles.
Tratamiento de Ingresos en Especie y Códigos de Actividad
- Ingresos en Especie: Los “regalos” o productos recibidos de marcas a cambio de publicidad no son regalos a ojos de la DIAN. Constituyen un pago en especie y deben ser valorados a su precio justo de mercado e incluidos como ingreso en la declaración de renta.
- Código de Actividad Económica (CIIU): Se deben recomendar los códigos más apropiados para registrar en el RUT. Los más comunes son el 7310 – Publicidad y el 7410 – Actividades especializadas de diseño. Es vital aconsejar al usuario que revise las notas explicativas de cada código en la resolución de la DIAN para asegurarse de que su actividad se ajusta a la descripción.
La fiscalización de la DIAN a los creadores de contenido no debe verse como una acción aislada. Es, en realidad, la punta de lanza de una estrategia más amplia para formalizar toda la economía digital y de servicios freelance en Colombia. El “influencer” es simplemente el arquetipo más visible de un nuevo tipo de trabajador independiente, globalizado y digital. Al establecer normativas y mecanismos de control para ellos —como la facturación electrónica obligatoria y el seguimiento de consignaciones— la DIAN está construyendo una infraestructura que, inevitablemente, se extenderá a programadores, diseñadores, consultores y otros profesionales que operan bajo modelos de negocio similares. Por lo tanto, este contenido, aunque enfocado en “influencers”, debe enmarcarse como una guía esencial para “el profesional digital del futuro”. El mensaje subyacente es claro: si se opera como un profesional digital en Colombia, estas reglas son el presente y el futuro de sus obligaciones fiscales.
Finanzas & Proyectos. FIPRO S.A.S.
